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¿Jugar al delito?: sobre el tratamiento mediático y las políticas públicas de niñez. Pronunciamiento del Equipo de Referencia de Niñez de la Facultad de Trabajo Social.

Desde el Equipo de Referencia de Niñez de la Facultad de Trabajo Social, creemos fundamental pronunciarnos una vez más, acerca del enfoque que los medios locales configuran en relación a la vinculación entre el delito y un sector de niños, niñas y adolescentes; pero también sobre el lugar que asume el Estado a nivel local y provincial en estas situaciones.(1)

En las últimas semanas se han multiplicado las noticias que relatan hechos delictivos, protagonizados por niños/as en La Plata y el Gran La Plata. Noticias producidas desde una perspectiva punitiva y clasista, donde se refuerza una idea: “por ser menores de edad no se les puede hacer nada”. ¿Qué significa que no se puede hacer nada? Entendemos que desde esa afirmación se hace énfasis en que la respuesta, la única posible bajo esa, debe ser la ampliación de instancias represivas sobre los pibes/as, desconociendo la vulneración de derechos por los que están atravesados y la responsabilidad de los organismos estatales en garantizarlos.

Esta forma de abordaje, que sólo analiza conductas individuales y reconoce como únicos responsables de la situación a los niños y a sus familias promueve cierto sentido común que apela a la intervención estatal desde el lugar de la sanción. Puntualmente, en la nota periodística que motiva este comunicado, se habla de “situaciones de riesgo”, “contextos de violencia”, sin ningún tipo de aclaración sobre a qué se hace referencia con eso, desde cuando se atraviesan esas situaciones, por qué motivos un/a niño/a  atraviesan esos estados y quienes son los responsables de intervenir por la solución de esos padecimientos y privaciones.

Vemos con preocupación cómo en la nota periodística los distintos funcionarios a cargo de aquellas instituciones encargadas de velar por el pleno cumplimiento de los derechos de estos niños y niñas se expresan desde un discurso que no los implica, no los responsabiliza, en las situaciones que se describen hablando desde una posición que no condice con sus deberes. Asimismo señalamos que el tratamiento mediático, cómo se viene desarrollando en esta coyuntura electoral, no promueve una respuesta no punitiva del Estado. En esta línea la iniciativa gubernamental impulsada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Seguridad de la Nación, para elaborar un proyecto de ley de Responsabilidad Penal Juvenil que derogue la Ley 22.278/80.

La Universidad Nacional de La Plata, en un documento reciente (2), se pronunció de forma crítica sobre esta medida. En dicho escrito, del que este equipo formó parte, señalamos la necesidad de reformular al régimen penal juvenil sin desconocer su vínculo fundamental con el sistema de promoción y protección de derechos. En este pronunciamiento puntual nos interesa, en primer lugar, revisar los argumentos punitivos y sus límites y, en segundo lugar, revisar el tratamiento y el rol de los funcionarios públicos en la construcción mediatizada del problema “delito juvenil”.

Las declaraciones realizadas por funcionarios del ejecutivo nacional, acerca de la necesidad de disminuir la edad de punibilidad penal suscitó el surgimiento de diversos espacios bajo la consigna “No a la baja”. Éstos están conformados por organizaciones que trabajan con niños/as y adolescentes de todo el país y han producido documentos y acciones públicas tendientes a argumentar que la respuesta punitiva no representa solución alguna. Aquí retomamos algunas de esas consignas: La baja de edad de punibilidad:
1- No sirve, el porcentaje de delitos graves cometidos por adolescentes es ínfimo.
2- Es peor, las políticas de endurecimiento penal en adolescentes terminan reforzando y profesionalizando las prácticas delictivas en vez de disuadirlas.
3- Es inconstitucional, viola el principio de regresividad que establece que no se debe retroceder en materia de derechos.

1-En primer lugar observamos que el tratamiento del tema ignora de forma deliberada tres cuestiones. La primera es que el porcentaje de delitos graves cometidos por menores es ínfimo, algo que es posible señalar a pesar de la ausencia de estadísticas criminales de tipo oficial. La segunda cuestión es, justamente la dificultad que esto promueve. Es posible afirmar esta baja representación del delito cometido por niños y adolescentes tomando como fuentes: la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires,  UNICEF y al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, cuando la fuente se trata del Sistema Nacional de Información criminal (SNIC), un registro que elabora el Ministerio de Seguridad a partir de estadísticas policiales, no judiciales, este número crece. Lo que indica lo anterior es que toda cifra que no tome como punto de partida estadísticas judiciales, donde se comprueba la responsabilidad ante determinado hecho, corre el riesgo de criminalizar conductas obviando el principio de inocencia.

Tomando como fuentes las organizaciones señaladas, si nos detenemos en los homicidios observaríamos las dos siguientes cuestiones:
a) Que los delitos cometidos por menores de 16 años, es decir no punibles, llegan a representaciones menores al 2% en algunas jurisdicciones.
b) Tomando ese porcentaje como universo, observamos que quienes matan y quienes mueren se parecen demasiado, es decir, que las víctimas y victimarios en homicidios protagonizados por menores de 16 años “los ponen” los jóvenes varones de sectores
populares.(3)

2-En segundo lugar adherimos a la consigna que señala que bajar la edad de punibilidad  “es peor” ya que las políticas de endurecimiento penal en adolescentes terminan reforzando y profesionalizando las prácticas delictivas en vez de disuadirlas. 

Ha sido probado que las prácticas de encierro en las llamadas “instituciones totales” como la cárcel no trae más que, en el corto mediano o largo plazo, la deshumanización de los sujetos y no la supuesta “corrección de su conducta”. En tal sentido, como vienen mostrando los informes de la Comisión Provincial por la Memoria(4), a las inhumanas condiciones de detención hay que sumarle una violencia sistemática por parte de los distintos agentes. Aún con el régimen penal juvenil actual, cuya normativa se orienta al cumplimiento de medidas de integración social y socio-educativas, se observan pocas diferencias con el régimen de adultos, una tendencia notoria en el aumento de los jóvenes privados de su libertad (pese a que deba ser una medida de último recurso) y escasas propuestas para trabajar el egreso de los mismos de manera que suele ser recurrente que reincidan o, al cumplir la mayoría de edad, ingresen al sistema de adultos.

3-Por último, resaltar el carácter inconstitucional de la iniciativa. Como país, adherimos a  numerosos tratados internacionales de Derechos Humanos (Art.75 inciso 22) que adquieren jerarquía constitucional, es decir que, toda la normativa interna de los Estados miembro debe ajustarse a estos. Uno de los principios rectores en los que se fundamentan los tratados es el de progresividad que, en suma, significa que una vez que un ciudadano ha adquirido un derecho no puede haber un retroceso o disminución en el contenido del mismo. Así, el Estado se encuentra obligado a implementar los mecanismos necesarios para garantizar los Derechos humanos sin reducir o suprimir los vigentes. En la cuestión que alienta a este comunicado, entendemos que bajar la edad de punibilidad que ahora se encuentra fijada en los 16 años, implicaría que los/as niños/as podrían ser alcanzados penalmente desde los 14 años, siendo esto un claro retroceso en la garantía de sus derechos.

Desde el espacio de referencia sostenemos la expectativa de aportar al debate, intervenir, sensibilizar y producir información en torno a la niñez y la juventud. Como trabajadores que convivimos con niños/as y jóvenes, seguiremos interviniendo en el debate público, advirtiendo sobre aquellas miradas tendenciosas - portadoras de una intencionalidad política conservadora-que quieran suprimir, en palabras de Eduardo Bustelo, el recreo de la infancia para hacerla una condena por portación de barrio, color de piel y clase social.

¡Basta de criminalizar y estigmatizar a los pibes!

Equipo de Referencia de Niñez (Facultad de Trabajo Social - UNLP)

La Plata  - julio de 2017

(1) Escrito basado en la siguiente nota, del mismo tenor que otras aparecidas en mismo diario local.
http://www.eldia.com/nota/2017-6-11-4-7-11-los-menores-que-juegan-al-delito-cada-vez-mas-chicos-policiales

(2) http://www.unlp.edu.ar/uploads/docs/declaracion_ley_penal_juvenil.pdf

(3) Si tomáramos como ejemplo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, observaremos que en los barrios del sur los valores porcentuales de muertes por homicidios (cometidos por mayores y menores) son cercanos a los correspondientes a países centroamericanos, mientras que en los barrios del norte se asemejan a los de países escandinavos. Sin embargo, en la mediatización de los casos el perfil de víctima escogido para poblar las tapas de los diarios reproduce esta lógica que impera sobre jóvenes de sectores populares, su sobre-criminalización y desprotección.

(4) En el siguiente link se puede leer el último informe de la Comisión http://www.comisionporlamemoria.org/comite/informes/anuales/informe2016.pdf